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El número de presos extranjeros por habitante cuadruplica al de encarcelados españoles

Aunque se sitúa en el nivel más bajo desde el año 2008. Los 46.296 reclusos españoles registrados en el mes de marzo suponen un preso por cada 898 habitantes. Los 22.594 extranjeros disparan esta cifra hasta una proporción de un recluso por cada 232 personas. Todo ello a pesar de que los residentes de manera ilegal pueden ser expulsados a su país de origen en caso de ser condenados a menos de seis años.

EXTRACONFIDENCIAL.- En los últimos días los funcionarios de prisiones han vuelto a saltar a primera plana por diferentes sucesos que se han concentrado en Cataluña y que han ido desde la detención del subdirector de tratamiento del centro penitenciario de Brians 2 de Barcelona, por presuntamente tener en su poder archivos de pornografía infantil a principalmente la polémica por la fuga de tres presos de la cárcel de Tarragona. De hecho, el viernes 10 de mayo el consejero de Justicia de la Generalitat de Cataluña,Germà Gordó, se vio obligado a destacar el trabajo de los funcionarios de prisiones como «pilares fundamentales» del modelo penitenciario, tras suspender durante seis meses del empleo y de los complementos específicos del sueldo a uno de los funcionarios por no haber activado el protocolo de seguridad pese a ver unos pies trepando por el muro.

Y todo ello con una realidad, España es uno de los países de Europa con menos criminalidad pero con cárceles más saturadas, en total los 70 centros penitenciarios administrados por la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias y los 14 que dependen de la Administración de Cataluña alcanzaron en el mes de marzo los 68.890 presos, 1.500 reclusos menos que hace dos años pero una cifra más que abultada que ha llevado a centros como el de Soto del Real en Madrid a tener más de un 60% de población penitenciaria que la inicialmente prevista cuando fue diseñado.

Pero en esta cifra tan alta existe una que destaca por encima de las demás como pueden ver en el cuadro adjunto, la de los presos de origen extranjero. Los 22.594 reclusos foráneos representan sobre una población de 5,23 millones una proporción de 1 preso cada 232 habitantes, por el contrario el poco más del doble de reclusos españoles (46.296) sobre una población de 41,5 millones de personas representan un preso por cada 898 personas, cuatro veces menos, la suma de ambos lleva al ratio de un recluso por cada 680 personas.

Y todo ello a pesar del importante descenso del número de reclusos extranjeros, que han alcanzado la cifra más baja en los últimos cinco años. En enero de 2008, año en el que se sitúa el punto de partida de la crisis económica había un total de 23.042 presos extranjeros, 20.859 varones (90,5%) y 2.183 mujeres (9,5%), un año después, en 2009, el dato subía hasta los 26. 291 presos extranjeros, 23.932 hombres (91%) y 2.359 mujeres (9%), en enero de 2010 siguió subiendo hasta los 27.067 personas. A partir de ahí, la población reclusa extranjera comenzó a experimentar un descenso considerable que alcanzó a un 16,5% menos de presos extranjeros entre enero de 2010 y marzo de 2013. Un descenso como pueden ver en el siguiente cuadro adjunto se produce en todas las Comunidades Autónomas con excepción de Melilla, Murcia y Navarra.

¿MENOS PENAS O MÁS EXPULSIONES?

Esta caída puede ser fuente de una disminución de delitos o de un mayor uso de la legislación que permite la expulsión de extranjeros que entraron de forma ilegal a nuestro país y cometieron algún delito. Según el artículo 89 del Código Penal, «las penas privativas de libertad inferiores a seis años impuestas a un extranjero no residente legalmente en España serán sustituidas en la sentencia por su expulsión del territorio español, salvo que el Juez o Tribunal, previa audiencia del penado, del Ministerio Fiscal y de las partes personadas, de forma motivada, aprecie razones que justifiquen el cumplimiento de la condena en un centro penitenciario en España». Además, en estos casos el extranjero «no podrá regresar a España en un plazo de cinco a diez años, contados desde la fecha de su expulsión, atendidas la duración de la pena sustituida y las circunstancias personales del penado» y «la expulsión llevará consigo el archivo de cualquier procedimiento administrativo que tuviera por objeto la autorización para residir o trabajar en España», añade este artículo. Sea por la razón que sea, lo cierto es que el gran número de reclusos, especialmente extranjeros es un problema, y su caída mejorará las condiciones de nuestras cárceles.

Fuente: derechopenitenciario.com